Conocimiento

New Competition Law Adopted in Mexico

México Adopta Una Nueva Ley Federal De Competencia

La nueva Ley Federal de Competencia Económica recientemente aprobada por el Congreso Mexicano entrará en vigor el 7 de julio de 2014. La nueva ley resulta de la modificación al artículo 28 de la Constitución Federal, que prohíbe los monopolios y las prácticas monopólicas, y busca fortalecer la competencia en México.

A continuación una breve descripción de las principales áreas de la nueva ley.

Se crea a la “Autoridad Investigadora” encargada de los procedimientos de investigación. Con esto la nueva ley crea un mecanismo para garantizar la independencia de los comisionados en el proceso de toma de sus decisiones.

La nueva contraloría interna revisará, entre otras cosas, el régimen de responsabilidades de los servidores públicos que trabajen en la Comisión de Competencia.

Se expiden nuevos procedimientos de audiencia para evitar contactos ex parte con los comisionados.

Se incluyen procesos para resolver cuestiones de competencia entre la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, los dos organismos a cargo de cuestiones de competencia.

La Comisión Federal de Competencia Económica tiene facultades para emitir reglamentación y criterios.

Se establecen dos nuevas prácticas monopólicas relativas, (i) el estrechamiento de márgenes, y (ii) restricción de acceso a un insumo esencial.

Se instauran procedimientos para determinar la existencia de insumos esenciales.

La Comisión tiene facultades para ordenar la desinversión de activos.

En relación con los umbrales para las concentraciones, se preservaron los dos primeros pero se modificó el tercer umbral, para darle un enfoque diferente, considerando ventas o activos mexicanas (y no mundiales) de los participantes en operaciones de compra de capital o activos adicionales en México. Este cambio probablemente reducirá el número de transacciones sujetas a notificación basadas parcialmente en el tamaño de los participantes en la operación.

No será posible consumar operaciones sin la autorización de la Comisión o la expiración del plazo que la dicha Comisión tiene para resolver.

El periodo para la revisión de una concentración se amplió a 60 días hábiles.

Las decisiones de la Comisión sólo podrán ser combatidas mediante el amparo indirecto.

Para mayor información por favor contacte a:  

Javier Martínez del Campo L.
Mexico City
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Manuel Romano Mijares
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Gabriel Altamirano
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