Conocimiento

2400990_DOJ Corporate Whistleblower Awards Pilot

El DOJ anuncia un Programa Piloto de Premios para informantes empresariales

En resumen

El desarrollo: el 1 de agosto de 2024, la División Criminal del Departamento de Justicia (“DOJ”, por sus siglas en inglés) anunció su Programa Piloto de Premios para informantes empresariales (“Programa Piloto”), diseñado para recompensar a los informantes que reporten información sobre conductas empresariales inapropiadas que den como resultado un decomiso exitoso, así como una enmienda correspondiente a la Política corporativa de cumplimiento y autodivulgación voluntaria (“VSD”, por sus siglas en inglés).

Los antecedentes: el Programa Piloto sigue programas similares de la Comisión de Bolsa y Valores (“SEC”, por sus siglas en inglés), la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos (“CFTC”, por sus siglas en inglés) y el Control de Delitos Financieros (“FinCEN”, por sus siglas en inglés). Está diseñado para “llenar los vacíos” producidospor estos programas, centrándose en cuatro áreas: (i) ciertos delitos que involucran a instituciones financieras; (ii) corrupción en el extranjero (iii) corrupción nacional; y (iv) esquemas de fraude en la atención médica dirigidos a aseguradoras privadas no sujetas a recuperación qui tam bajo la Ley de Reclamaciones Falsas.

Mirando hacia el futuro: el incremento de los incentivos para que las personas denuncien irregularidades al DOJ resalta aún más la necesidad de que las empresas cuenten con programas y procedimientos de cumplimiento internos sólidos que promuevan la denuncia interna por parte de los empleados y que se investiguen de forma oportuna las acusaciones de irregularidades cuando se reciban.

Programas de denunciantes de las agencias de cumplimiento de la ley

El 1 de agosto de 2024, la División Criminal del DOJ anunció su Programa Piloto de Premios para informantes empresariales. Este programa está diseñado para “llenar los vacíos”  producidospor programas similares aprobados por la SEC y la CFTC tras la aprobación de la Ley Dodd-Frank, así como por FinCEN a principios de este año.

El potencial de estos programas para otorgar grandes premios a los informantes ha provocado un aumento dramático en las denuncias y los pagos desde su creación. Bajo el programa de informantes de la CFTC, los informes han aumentado de 58 en 2012 a 1,530 en 2023. Desde el inicio de su programa en 2010, la CFTC ha emitido 41 órdenes finales otorgando premios por un total de casi $350 millones de dólares. De forma similar, desde el inicio del programa de informantes de la SEC en 2011, los informes han aumentado de forma constante: de 3,000 en 2012 a 18,354 en 2023. En total, la SEC ha otorgado más de $1,900 millones de dólares a 397 informantes individuales, de los cuales casi $600 millones de dólares se pagaron en el año fiscal 2023, es decir, el mayor monto total en dólares de la historia del programa. El programa FinCEN, iniciado a principios de este año, se encuentra en sus primeras fases, pero los premios potenciales han aumentado de un máximo de $150.000 dólares a entre el 10 % y el 30 % de todas las sanciones recaudadas.

El Programa Piloto: cómo funciona

El Programa Piloto es una iniciativa de tres años dirigida por la Sección de Lavado de Dinero y Recuperación de Activos de la División Criminal. En vigor desde el 1 de agosto de 2024, el programa autoriza la entrega de premios a los informantes que “proporcionen información original y veraz sobre conductas delictivas... que den como resultado decomisos superiores a $1,000,000 de dólares en ingresos netos”. El informante también debe cooperar con el gobierno durante toda su investigación de la conducta y en las acciones penales o civiles que se emprendan a continuación.

La fiscal general principal adjunta, Nicole M. Argentieri, describió las principales áreas de interés del Programa Piloto, cada una de las cuales corresponde a distintas unidades de la División Criminal, entre ellas la Unidad de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (“FCPA”, por sus siglas en inglés), la Unidad de Integridad del Mercado y Grandes Fraudes, la Sección de Integridad Pública y la Unidad de Fraude en la Atención Médica.

Corrupción en el extranjero Los informantes pueden proporcionar información relativa a la corrupción y el soborno en el extranjero, incluidas las violaciones a la FCPA, las violaciones a la Ley de Prevención de la Extorsión en el Extranjero (“FEPA”, por sus siglas en inglés), y las violaciones a los estatutos sobre lavado de dinero. Argentieri destacó casos que involucran la emisión de valores fuera de los Estados Unidos y que, por lo tanto, no están cubiertos por los programas de informantes aprobados por la SEC, la CFTC y la FinCEN. Argentieri también destacó el potencial del Programa Piloto para trabajar de cerca con la recién promulgada FEPA, que penaliza el "lado de la demanda" del soborno extranjero.

Instituciones financieras. Si bien la conducta inapropiada que involucra a muchas instituciones financieras estará cubierta por los programas de informantes existentes en otras agencias, el Programa Piloto también se extiende a ciertas violaciones que involucran a instituciones financieras (incluyendo el lavado de dinero, violaciones de cumplimiento contra el lavado de dinero, registro de negocios de transmisión de dinero y fraude) y fraude contra o falta de cumplimiento con los reguladores de instituciones financieras. En particular, Argentieri señaló la capacidad del DOJ para iniciar procedimientos contra compañías financieras, incluidas las bolsas de criptomoneda que operan dentro de los Estados Unidos, pero que no se registran con los reguladores financieros o no cumplen con la legislación estadounidense.

Corrupción nacional. El Programa Piloto también busca información relacionada con el pago de sobornos o comisiones a funcionarios públicos nacionales, incluidos funcionarios federales, estatales, territoriales o locales elegidos o designados y funcionarios o empleados de cualquier departamento o agencia gubernamental. Argentieri enfatizó que esta es un área en la que el DOJ está tratando de ampliar el cumplimiento, de forma similar a la expansión que se produjo en relación con el cumplimiento de la FCPA hace aproximadamente dos décadas.

Fraude en la atención médica involucrando aseguradoras privadas. Por último, el Programa Piloto abarca información relacionada con (i) delitos federales relacionados con la atención médica y delitos conexos que involucren programas de beneficios de atención médica privados o de otro tipo no público; (ii) fraude contra pacientes, inversionistas y otras entidades no gubernamentales del sector de la atención médica; y (iii) cualquier otra infracción federal no cubierta por el programa de cumplimiento qui tam de la División Civil.

Bajo el Programa Piloto, el informante debe proporcionar información “original”, según la definición del DOJ. El DOJ se reserva la discreción de conceder o no un premio al informante y puede aumentar dicho premio en función de la importancia de la información y del nivel de asistencia prestada. Además, en un esfuerzo por abordar las inquietudes acerca del hecho de que los programas de informantes debilitan los programas internos de cumplimiento, los premios también pueden incrementarse a través de la participación en los sistemas internos de cumplimiento o la presentación de denuncias internas. Sin embargo, cualquier interferencia con los sistemas internos de cumplimiento y presentación de denuncias reducirá el premio. Entre otros criterios limitantes, los informantes no serán elegibles para ningún premio si (i) participaron de forma significativa en la conducta indebida; (ii) serían elegibles para recibir un premio a través de algún otro programa legal o del gobierno de los EE. UU. de informantes, qui tam o similar; u (iii) obtuvieron la información porque estaban empleados en un puesto de cumplimiento o auditoría interna.

Como parte del Programa Piloto, el DOJ también anunció una enmienda a la Política VSD del DOJ. De acuerdo con esta enmienda, cuando un informante reporta una conducta a través de los sistemas internos de cumplimiento, las compañías siguen siendo elegibles para el Programa VSD siempre que estas presenten ellas mismas la acusación al DOJ a más tardar 120 días después de recibir la información y antes de cualquier contacto por parte del DOJ. La conducta de autodenuncia también garantiza la elegibilidad para la presunción de declinación bajo el Programa VSD. Como indicó la fiscal general adjunta Lisa Monaco, el DOJ quiere promover una cultura de “subir las escaleras corriendo” para denunciar cualquier conducta inapropiada.

Los informantes que presentan denuncias internas a sus compañías siguen siendo elegibles para los premios siempre que comuniquen la información al DOJ dentro de los 120 días siguientes a su denuncia interna inicial a la compañía. Cualquier represalia contra el informante por parte de la compañía podría dar como resultado que se le prohíba a la compañía recibir créditos por cooperación, así como posibles cargos por obstrucción a la justicia.

Pasos a seguir

El Programa Piloto forma parte de un esfuerzo continuo del DOJ para promover la denuncia voluntaria de conductas empresariales inapropiadas. Sin embargo, a diferencia del Programa VSD de la División Criminal, el nuevo programa anima a los empleados, y no a las compañías, a denunciar al DOJ posibles irregularidades relacionadas con sus prioridades clave de cumplimiento.

 En particular, el Programa Piloto les proporciona a los empleados un incentivo significativo para denunciar posibles irregularidades al gobierno en primer lugar, o al menos muy pronto después de hacer una denuncia dentro de la compañía. En un esfuerzo por equilibrar este incentivo y promover los sistemas de denuncias internas en las compañías, el DOJ destacó la capacidad de los informantes para solicitar y obtener un premio siempre y cuando la persona presente la información al DOJ en un plazo de 120 días a partir de su denuncia interna inicial, y señaló que dicha denuncia interna puede aumentar el monto del premio. Por lo tanto, las compañías deben asegurarse de que disponen de canales internos adecuados para denuncias que promuevan la presentación de denuncias internas de manera oportuna y que les permitan identificar y elevar con rapidez las quejas internas de los informantes. Dado el plazo de 120 días para presentar una autodenuncia bajo el Programa VSD luego de una queja de un informante, las compañías también deben asegurarse de investigar y abordar con prontitud las acusaciones de irregularidades presentadas por los empleados.

Tres aspectos clave

  1.  El DOJ continúa implementando nuevas vías para incentivar la revelación de conductas empresariales inapropiadas, en particular con respecto a la información relacionada con las prioridades clave de cumplimiento. El Programa Piloto le proporciona una herramienta que ha demostrado ser exitosa en este sentido para otras agencias de cumplimiento.
  2. Las compañías deben asegurarse de que sus programas de cumplimiento estén actualizados, según sea necesario, para abordar las cuatro áreas clave identificadas por el DOJ, que no fueron cubiertas anteriormente por otros programas de informantes de otras agencias. Dado el plazo de 120 días para recibir los beneficios del Programa VSD, las compañías también deben asegurarse de que los programas de cumplimiento estén equipados para identificar, investigar y responder de forma oportuna a cualquier denuncia interna, así como prevenir cualquier medida de represalia contra los empleados que presenten denuncias, ya sean internas o externas.
  3. Las compañías también deben trabajar para promover una cultura que fomente las denuncias internas, dado el incentivo significativo para los empleados para denunciar posibles irregularidades al gobierno en primer lugar o poco después de hacer una denuncia interna. Sin embargo, las compañías no deben disuadir a los empleados de denunciar información al gobierno y buscar la protección de los informantes.
Las publicaciones de Jones Day no deben considerarse asesoramiento legal sobre ningún hecho o circunstancia específica. Su contenido está destinado únicamente a proporcionar información general, y no pueden citarse o mencionarse en ninguna otra pubicación o procedimiento si el consentimiento expreso por escrito del despacho. Para solicitar la copia de cualquiera de nuestras publicaciones, utilice nuestro formulario de "Contacto" en la página web www.jonesday.com. El envío y/o recepción de esta publicación no implica la creación una relación abogado-cliente. Las opiniones expuestas en el presente documento pertenecen al autor y, por lo tanto, no necesariamente coinciden con las del despacho.
Contactos